Micelio
Auto3 de mayo de 2005

A- de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Tema · dato duro
Revisión De La Ley 900 De 2004, Que Aprueba El Convenio Basico De Cooperación Técnica Y Científica Entre El Gobierno De La Republica De Guatemala Y El Gobierno De La Republica De Colombia. Declara Que Existe Un Vicio De Procedimiento En El Tramite De La Ley 900 De 2004, El Cual Es Susceptible Se Ser Enmendado, De Conformidad Con El Parágrafo Del Articulo 241 De La Constitucion. Ordena Por Secretaria General La Remision Al Senado De La Republica Del Expediente De La Ley Subexamine Para Que Rehaga La Votación En Segundo De Bate En La Plenaria De Dicha Camara Legislativa. Ordena Que Cumplido El Tramite Anterior El Senado Remita A La Camara De Representantes El Respectivo Proyecto De Ley Para El Tramite Correspondiente, Y Que Una Vez Sancionada Por El Presidente De La Republica Se Remita A La Corte Constitucional Para Decidir Definitivamente Sobre Su Constitucionalidad
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Proyecto De Ley Aprobatoria De Tratado Internacional
  • Incumplimiento del requisito de anuncio previo de votación es insubsanable
Proyecto De Ley Aprobatoria Del Convenio De Cooperacion Tecnica Y Cientifica Entre Guatemala Y Colombia
  • Trámite
  • Configuración de vicio de procedimiento
  • Votación sin que en sesión previa se haya anunciado
Vicio De Tramite Legislativo
  • Actuaciones a seguir para el saneamiento
  • Casos en que puede ser subsanado directamente por la Corte Constitucional
  • Convalidación en el proceso de formación de la ley
  • Incumplimiento del requisito de citación previa al debate y votación es subsanable
  • Posibilidad de saneamiento debe interpretarse y ejercerse en forma razonable
  • Subsanación durante la revisión de constitucionalidad de la ley
Tratado Internacional Y Ley Aprobatoria
  • Competencia de la Corte Constitucional
8 temas · 15 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (7 puntos)
  1. Primero. Declarar que existe un vicio de procedimiento en el tramite de la Ley 900 de 2004, por medio de la cual se aprueba el "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica de Guatemala y el Gobierno de la Republica de Colombia", hecho en la ciudad de Lima, el 23 de noviembre de 2001, el cual es susceptible de ser enmendado, de conformidad con el paragrafo del articulo 241 de la Constitucion.
  2. Segundo. Ordenar por intermedio de la Secretaria General la remision al Senado de la Republica del expediente de la Ley sub examine, para que en el termino de treinta (30) dias contados a partir de su llegada a la Presidencia del Senado, se rehaga la votacion en
  3. segundo. debate en la Plenaria de dicha camara legislativa del proyecto de Ley por medio de la cual se aprueba el "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica de Guatemala y el Gobierno de la Republica de Colombia", hecho en la ciudad de Lima, el 23 de noviembre de 2001 cumpliendo con el requisito establecido en el articulo 8o del Acto Legislativo No. 01 de 2003.
  4. Tercero. Ordenar que una vez cumplido el tramite anterior, el Senado de la Republica remita a la Camara de Representantes el respectivo proyecto de Ley, con el fin de que se continue con el tramite en
  5. primero. y
  6. segundo. debate en esa Camara, el cual debera concluir antes del 16 de diciembre de 2005.
  7. Cuarto. Ordenar que una vez sancionada por el Presidente de la Republica la Ley por medio de la cual se aprueba el "Convenio Basico de Cooperacion Tecnica y Cientifica entre el Gobierno de la Republica de Guatemala y el Gobierno de la Republica de Colombia", hecho en la ciudad de Lima, el 23 de noviembre de 2001, se remita a la Corte Constitucional, con el objeto de que se proceda a decidir definitivamente sobre su constitucionalidad.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible4
SalvamentoAlfredo Beltrán SierraSalvamentoJaime Araujo RenteríaSalvamentoClara Ines Vargas HernandezSalvamentoJaime Córdoba Triviño
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.